Diez pasos hacia la S.R.L.
1. Certificado de buenos antecedentes policiales de los futuros agentes
2. Documentos de la delegación de hacienda referente a los impuestos impagos de los socios
3. Declaración de honor y muestras de firma (verificados por el notario) de los futuros agentes
4. Determinación de la sede de la sociedad (por ejemplo suscripción de acuerdo de alquiler sobre el espacio habitable, luego el propietario del inmueble debe demostrar el derecho de propiedad mediante el certificado del catastro de inmuebles)
5. En la primera Asamblea General entre los participantes se debe que acordar el contenido del acuerdo social , su redacción y verificación por el notario.
6. Apertura de una cuenta bancaria para el depósito del capital social (el banco generalmente requiere el original del acuerdo social), luego, el banco emite certificado escrito sobre el pago de las inversiones de cada uno de los socios.
7. Es necesario anunciar en la Oficina de Actividades Empresariales sobre la actividad empresarial y solicitar el otorgamiento de concesión (formularios accesibles en internet)
8. En el plazo de noventa días después de la fundación se debe presentar la solicitud de inscripción en el registro mercantil . La solicitud debe contener los siguientes anexos:
- 2 ejemplares del acuerdo social, en forma de acta notarial
- confirmación del administrador de las inversiones sobre el cumplimiento de los depósitos
- documento del banco sobre el depósito de las inversiones
- copias legalizadas de los certificados de autorización de actividad empresarial
- documento del título jurídico sobre el uso del inmueble – contrato de alquiler
- declaración de honor de los representantes y muestra de firmas
- certificados de antecedentes penales de los representantes
- timbres de un valor de 5.000 coronas checas
9 . En el plazo de 8 días después de la inscripción de la sociedad en el registro mercantil (vigente por varios meses) es necesario registrarse en la Administración del Seguro Social y en la Casa de Seguro de Salud pública
10 . En el plazo de 30 días, la sociedad de reciente creación debe registrarse en la Delegación de Hacienda.
- Acondicionamiento jurídico - Código Mercantil (§ 105 - 153e)